Barcelona, 7 de marzo de 2022 

En el BOE del día 23 de febrero, se ha aprobado el Real Decreto-ley  02/2022, de 22 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de los  trabajadores autónomos, para la transición hacia los mecanismos estructurales de defensa del  empleo, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma, y se prorrogan  determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económicaque, entre otras medidas, incluye la prórroga de los beneficios de los Expedientes de Regulación  Temporal de Empleo (ERTE) hasta el 31 de marzo de 2022. 

PRINCIPALES NOVEDADES 

Prórroga ERTES 31/MARZO/2022: 

Las modalidades existentes de ERTE se prorrogan automáticamente hasta el 31 de marzo de  2022. 

A los expedientes de regulación temporal de empleo prorrogados en virtud de este real  decreto-ley les serán de aplicación durante el mes de marzo de 2022, las siguientes exenciones  en la cotización a la Seguridad Social: 

90% en los casos de ERTE por impedimento 

60% en empresas que acogidas a un ERTE COVID desarrollen procesos de formación 30% (empresas de menos de 10 trabajadores en fecha 29/02/2020) que no  desarrollen acciones formativas 

20% (empresas de 10 o más trabajadores en fecha 29/02/2020) para aquellos  supuestos en los que no se pongan a disposición de los trabajadores acciones  formativas

Se mantienen las prohibiciones de despedir, realización de horas extra, externalizaciones,  etc. vigentes en las regulaciones anteriores.

Prorroga Plan MECUIDA hasta el 30 de junio  

El Plan MECUIDA, que regula el derecho de adaptar y/o reducir la jornada laboral de las  personas trabajadoras para atender a los deberes de cuidado como consecuencia del COVID-19  extiende su vigencia hasta el 30 de junio. 

Reducción de la jornada de trabajo por cuidado de hijos o personas sujetas a guarda con fines  de adopción o acogida con carácter permanente por cáncer u otra enfermedad grave  extinguida por cumplimiento de 18 años de edad 

Las personas trabajadoras así como los empleados y empleadas públicos que hubieran  disfrutado de una reducción de jornada para el cuidado, durante la hospitalización y  tratamiento continuado, de un menor a su cargo afectado por cáncer o por cualquier otra  enfermedad grave y hayan visto extinguida dicha reducción de jornada por haber cumplido  aquél dieciocho años de edad antes de la entrada en vigor de la Ley 22/2021, de 28 de  diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, que elevó el límite de edad  a 23 años, puedan volver a solicitar la reducción de jornada prevista. 

Protección social de las personas trabajadoras en los expedientes de regulación temporal de empleo por fuerza mayor.

Las personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo por  fuerza mayor, limitación e impedimento se beneficiarán, de las medidas siguientes:

  1. La cuantía de la prestación se determinará aplicando a la base reguladora el porcentaje  del 70 por ciento, durante toda la vigencia de la medida.  
  2. El acceso a esta prestación no implicará el consumo de las cotizaciones previamente  efectuadas a ningún efecto. 
  3. Las personas afectadas tendrán derecho al reconocimiento de la prestación contributiva  por desempleo, aunque carezcan del período de ocupación cotizada mínimo necesario  para ello.